Reglamentación de la ley de atracción del talento | ricaconsultores.com.uy

28.11.2023
Reglamentación de la ley de atracción del talento

Se detallan requisitos y sanciones para empresas y empleados.

Requisitos

La Ley de Atracción de Talento, como reportamos en una nota anterior, permite que los trabajadores extranjeros que realicen actividades como dependientes en empresas exoneradas de IRAE por actividades vinculadas al software tributen IRNR al 12% fijo por sus rentas de trabajo en vez de IRPF y puedan optar por no realizar aportes al BPS.

Los beneficios aplicarán en el año civil en que se verifiquen y durante los cuatro siguientes. Si el trabajador se desvincula, puede mantenerlos si continúa cumpliendo con las condiciones y no transcurrió más de un año entre la desvinculación y su nuevo empleo.

Para poder tener esta posibilidad la empresa debe haber realizado actividades comprendidas en el literal S) del artículo 52 del Título 4 en el ejercicio anterior, impidiendo que aproveche el beneficio en su primer ejercicio.

El trabajador deberá realizar una declaración jurada por escrito al inicio de la relación laboral que el empleador comunicará a BPS y DGI. El empleado puede renunciar a estas opciones en cualquier momento mediante Declaración Jurada. La decisión será irrevocable y aplicará para ambos beneficios.

Sanciones

La empresa deberá controlar la presencia física del trabajador en el país mientras se encuentre en relación de dependencia. Para este fin, el trabajador deberá proporcionar un certificado de movimientos migratorios emitido por la Dirección Nacional de Migración que demuestre que permaneció en territorio nacional durante dos tercios del año civil.

El empleador también deberá acreditar que el trabajador realiza tareas directamente vinculadas a la obtención de las rentas exoneradas. La documentación referida en ambos párrafos deberá conservarse por 5 años.

Si se incumplen estas condiciones, las opciones ejercidas dejarán de tener efecto tanto para el ejercicio fiscal actual como para todos los futuros, debiendo abonar los impuestos adeudados más multas y recargos.

Compartir esta nota:

Otras notas

  • 19.02.2024

    Control de voto en elecciones universitarias

    ver más
  • 08.02.2024

    Corrimiento de plazos para proyectos de gran dimensión económica

    ver más
  • 01.02.2024

    Ampliación de plazo de crédito fiscal por CFE

    ver más
  • 01.02.2024

    Nuevas disposiciones para las propinas

    ver más