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11.01.2023
Sistema Nacional de Certificación Laboral

A partir del 1° de enero de 2023 el único medio válido para acreditar la situación de enfermedad de un trabajador es la constancia generada en la Historia Clínica Electrónica.

El prestador de salud al cual esté afiliado el trabajador, por la cobertura que brinda el Sistema Nacional Integrado de Salud, será el que ingrese la certificación laboral en la Historia Clínica Electrónica.

La información que surja de la Historia Clínica Electrónica será comunicada al Banco de Previsión Social, que la integrará con la información de actividades vigentes para los trabajadores amparados por el Organismo.

Comunicación al Empleador

Para todas las actividades vigentes al momento de la certificación médica, el Banco de Previsión Social comunicará a cada empleador la situación del trabajador.

La comunicación será en forma directa y reservada, sin brindar información sobre la patología que afecta al trabajador, sino únicamente sobre el tiempo estimado de reintegro a su trabajo.

Administración del Sistema

El Banco de Previsión Social es el Administrador del Sistema Nacional de Certificación Laboral y tiene a su cargo:

-  Establecer los mecanismos de comunicación, validación de datos, y otros aspectos vinculados a la seguridad de la información.
-  Celebrar acuerdos contractuales con los prestadores de salud públicos y privados, en los que quedarán reguladas las obligaciones de las partes, en cuyo marco podrá exigir la auditoría de la Historia Clínica Electrónica.
-  Acreditar el derecho al cobro del subsidio por enfermedad y proveer, mediante convenio, el acceso a dicha información a terceros empleadores fuera del sistema de cobertura.

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