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19.11.2021
Elecciones Banco de Previsión Social

El domingo 28 de noviembre se realizará la votación obligatoria para la elección de los tres Directores Sociales del Banco de Previsión social en representación de afiliados jubilados y pensionistas; trabajadores activos; y empresas contribuyentes.

Día y horario de votación

Domingo 28 de noviembre, en todo el país, de 08:00 a 19:30 hs.

Voto Obligatorio

El voto es obligatorio, salvo para personas mayores de 75 años y beneficiarios de prestaciones por incapacidad.

Habilitados para Votar

En el sitio web de la Corte Electoral es posible verificar si se está habilitado para votar,  y en caso afirmativo, el lugar de votación.

Buscador Padrón Corte Electoral: Click Aquí

Documento para Votar

Los ciudadanos uruguayos votan con la credencial cívica y los electores extranjeros votan con la cédula de identidad.

Multas por No Votar

Los habilitados para votar que no lo hicieren, serán pasibles de las siguientes sanciones:

- Los trabajadores y pasivos, una multa de $ 1.200.
- Las empresas, una multa equivalente a: 6 Unidades Reajustables con hasta 10 trabajadores en Nómina / 12 Unidades Reajustables entre 11 y 50 trabajadores en Nómina / 20 Unidades Reajustables con más de 50 trabajadores en Nómina.

Control del Voto para el Pago de Salarios

Desde el primer día del tercer mes siguiente al acto eleccionario y por el término de tres meses, para que los trabajadores puedan hacer efectivos sus haberes deberán presentar la constancia de emisión del voto o, en su defecto, la constancia de justificación de la causal expedida por la Corte Electoral o de pago de la multa.

Solidaridad del Empleador en el Pago de la Multa

Los empleadores serán solidariamente responsables del pago de la multa en caso de incumplimiento por parte de sus trabajadores dependientes.

Control de Voto para Empresas

Las empresas no podrán, a partir del primer día del tercer mes siguiente el acto eleccionario, efectuar pagos al Banco de Previsión Social ni a la Dirección General Impositiva, solicitar certificados, suscribir convenios de pagos o realizar cualquier diligencia ante  dichos organismos sin exhibir la constancia de emisión de voto o de la causal de justificación expedida por la Corte Electoral, o de pago de la multa.

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