26.05.2023
Licencia para controles de embarazo
Nueva legislación permite a las trabajadoras embarazadas y sus parejas ausentarse para realizar controles y consultas.
La nueva ley Nº 20.129 habilita a las trabajadoras embarazadas y su cónyuge, concubino o pareja a tomar hasta 4 horas de licencia paga al mes para realizar controles y consultas médicas vinculadas. Esto es válido para todos los trabajadores, tanto dependientes como independientes, sin importar su vínculo funcional.
Para poder acceder, el trabajador deberá avisar a su empleador con al menos dos días de anticipación. Una vez que vuelva a su lugar de trabajo, deberá presentar un certificado con firma y sello del médico tratante, en donde se deberá establecer el tipo de control o consulta, la semana de embarazo en la que se encuentra la trabajadora y la fecha y hora de la consulta.
Las 4 horas mensuales se pueden aumentar si el médico tratante emite un certificado médico indicando que la embarazada debe realizar controles o estudios adicionales.