DGI reglamenta las modificaciones del IRAE para rentas pasivas en el exterior | ricaconsultores.com.uy

29.03.2023
DGI reglamenta las modificaciones del IRAE para rentas pasivas en el exterior

La resolución especifica términos y fija plazos para la presentación de nuevas Declaraciones Juradas.

Algunas aclaraciones
DGI aclara que la nueva legislación no grava a los intereses fictos ni a las diferencias de cambio que no se originen en activos generadores de rendimientos de capital mobiliario, dividendos, intereses o regalías.

La resolución aclara un punto que se había puesto en duda respecto a su aplicación de los ingresos por enajenación o utilización económica de las marcas fuera del Uruguay. Para que se aplique tal criterio el contribuyente debe ser exclusivamente una entidad integrante de un grupo multinacional.

La ley requiere que las entidades calificadas empleen recursos humanos acordes en número, calificación y remuneración para administrar los activos de inversión. Se considera que la entidad tiene sustancia económica cuando la mayoría de sus recursos humanos cumplen con estas características y residen en territorio nacional o si existe por lo menos un director residente en Uruguay que cumpla con las calificaciones adecuadas, sin importar que el mismo aporte a BPS.

Los recursos humanos necesarios se pueden contratar a través de empresas que tercericen el servicio. Estas empresas deberán detallar en sus facturas los recursos humanos afectados, las horas aplicadas y las instalaciones donde se prestaron los servicios.

La DGI reglamentó el concepto de toma de decisiones estratégicas necesarias y soporte de los riesgos en Uruguay para ser una entidad calificada. La resolución define decisiones estratégicas necesarias como aquellas relativas a la adquisición, tenencia o enajenación de los activos generadores de rentas comprendidas.

Las sociedades holding (tenedoras de otras participaciones patrimoniales en el exterior) y las tenedoras de inmuebles, cuyo activo se componga en un 75% o más de participaciones patrimoniales en otras entidades o inmuebles, respectivamente, podrán aplicar en forma simplificada los requisitos de sustancia. Este 75% se calcula promediando los saldos de los activos a fin de cada mes.

Nuevas Declaraciones Juradas
Las entidades deberán presentar dos nuevas Declaraciones Juradas: una para demostrar que cumple las condiciones de entidad calificada, y otra para evaluar los ingresos calificados.

Se presentan con el mismo plazo que la Declaración Jurada de IRAE, salvo la primera declaración para ejercicios cerrados en 2023, que vence en abril de 2024.

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