15.12.2022
Sociedades Anónimas - Asambleas de accionistas por medios telemáticos

Se modificó el artículo 340 de la Ley de Sociedades Comerciales (Ley 16.060), habilitándose que las Asambleas de Accionistas también puedan realizarse por medios telemáticos.

La nueva redacción de la norma establece que las Asambleas de Accionistas estarán constituidas por estos, reunidos en la sede social o en otro lugar de la misma localidad en caso de ser presenciales.

También se podrán realizar por videoconferencia o por cualquier otro medio de comunicación simultánea que brinde certeza sobre la identidad de los participantes, así como respecto a la conexión bilateral o plurilateral en tiempo real en imagen y sonido de los asistentes en remoto.

Las Actas de las Asambleas deben elaborarse y asentarse en el libro respectivo dentro de los 30 días siguientes, dejando expresa constancia del medio de comunicación utilizado.

No se requerirá la firma del accionista asistente por medios telemáticos en el Libro de Registro de Asistencia a Asamblea, debiendo dejarse expresa constancia que la asistencia fue por medio virtual.

Compartir esta nota:

Otras notas

  • 15.03.2023

    Mejoras para los contribuyentes de IRPF e IASS

    ver más
  • 13.03.2023

    Proyecto de Ley propone exoneración de anticipos de IRAE e IP agropecuario

    ver más
  • 07.03.2023

    Modificaciones al IRAE ficto, IRAE mínimo e IMEBA

    ver más
  • 06.03.2023

    Beneficios adicionales para las empresas rurales

    ver más