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28.12.2021
Promoción de la inversión en Uruguay

El retorno a la normalidad está cada vez más cerca. A partir del 1° de Noviembre los extranjeros no residentes legales y vacunados contra el COVID-19 comenzaron a ingresar al país.

Seguramente se reactiven muchos proyectos, negocios e inversiones que no pudieron concretarse como consecuencia de la Pandemia. Resulta oportuno entonces repasar algunos aspectos del régimen vigente en Uruguay para la promoción de las inversiones, como forma de aprovechar todas las ventajas y posibilidades disponibles.
 

Régimen Promocional de Inversiones

En el último año se incorporaron mejoras sustanciales al régimen de promoción de inversiones, simplificando varios aspectos formales y operativos.  

Uno de los aspectos más relevantes refiere a la inversión elegible, la cual comprende los bienes muebles que integran el proyecto destinados directamente a la actividad de la empresa, así como la construcción de inmuebles y las mejoras fijas que sean realizadas en inmuebles propiedad de terceros.

También son elegibles para la promoción de la inversión los bienes adquiridos en plaza, directa o indirectamente afectados al proceso productivo, siempre y cuando los mismos no hayan sido objeto de beneficios fiscales con anterioridad.

Como principal beneficio de un proyecto de inversión promovido se destaca la exoneración de hasta un 90% del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE), por el período de tiempo que sea establecido en la resolución que concede el mismo.

Otros beneficios refieren a la exoneración del Impuesto al Patrimonio, del IVA en la importación de bienes, así como su devolución por las compras realizadas en plaza, además de la exoneración de tasas y tributos en la importación.
 

Requisitos para que los beneficios sean concedidos

Para obtener los beneficios, además de realizar la inversión, se debe cumplir con ciertos indicadores y obtener al menos un punto en una matriz que va de 0 a 10 puntos, sin considerar el indicador referido a la descentralización de la inversión.

Los indicadores son:

- Generación de empleo.
- Exportaciones.
- Producción limpia.
- Innovación y desarrollo.
- Indicador sectorial.
- Descentralización.

Es importante destacar, como una de las recientes novedades, que se estableció un régimen simplificado, utilizando para la asignación del puntaje únicamente el indicador referido a la generación de empleo. En tal sentido, se amplió la ponderación del 40 % al 50 % en el otorgamiento de puntos, haciendo foco en incentivar que las empresas contraten personal.

También se redujo la cantidad de horas mínimas establecida para los trabajadores mensuales y jornaleros, que pasó a ser de 30 y 130 horas semanales respectivamente.

Por su parte, las micro y pequeñas empresas (con menos de 19 empleados o ingresos anuales menores a 10.000.000 de Unidades Indexadas), podrán gozar del beneficio de un año de extensión de la exoneración y un 10 % de puntaje adicional, con la posibilidad aplicar una matriz simplificada para la presentación de su proyecto.

Margen de cumplimiento

Dada la existencia de contingencias en el logro de las metas propuestas en un proyecto de inversión, se contempla un margen de tolerancia entre lo que la empresa anticipa y lo que realmente suceda a futuro.

Previo a la actualización normativa, el margen era del 10 % en la obtención del puntaje proyectado, que con las modificaciones pasó a ser del 20 %, cambiando también la forma en que se aplica dicho margen (antes se aplicaba en cada ejercicio, ahora se aplica al finalizar el proyecto).

 

*Contenido realizado para Revista Ciudades

 

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